La empresa dispone de un modelo de cumplimiento normativo y de compliance penal y antisoborno según las normas ISO 37301, ISO 37001 y el Código penal españal, que refleja su compromiso con el cumplimiento de la legislación vigente. Dentro del mismo y en cumplimiento además de la Directiva (UE) 2019/1937 se ha puesto operativo un canal de denuncias como un instrumento a través del cual cualquier interesado puede poner de manifiesto la posible comisión de hechos delictivos dentro de la empresa, o cualquier conducta relacionada con el incumplimiento de alguna norma legal, interna o de la política de la misma o dentro del marco de la Directiva citada. A su vez, este canal sirve también para gestionar quejas, sugerencias y opiniones acerca de la empresa o cualquier incumplimiento legal que se pueda detectar.
La empresa deja constancia de que todos aquellos que, de buena fe, utilicen el canal, estarán protegidos contra cualquier tipo de represalia, discriminación o penalización. Además, garantiza la máxima confidencialidad en este sentido y se somete a la normativa vigente en materia de protección de datos en el tratamiento de información de carácter personal facilitada u obtenida.
La empresa ha designado un órgano de compliance penal externo que gestiona el canal de denuncias y que garantiza la objetividad, transparencia e imparcialidad en los procesos de investigación y resolución de las denuncias que se le formulen.
Para utilizar el canal de denuncias deberá dirigirse a través de correo electrónico a la dirección miguelangel@tecnologiayderecho.es, o bien por correo postal a la dirección C/ Catedrático Agustín Escardino Benllochj nº 9 (46980 Paterna). Si la denuncia, queja, sugerencia u opinión se dirigiera contra el compliance officer, podrá utilizarse dirigiéndose al órgano de administración de la empresa.
Las denuncias serán evaluadas en el plazo máximo de 3 meses, tras el que se decidirá: o bien archivar el asunto por no existir indicios racionales de criminalidad y, en su caso, trasladarlas a quien se estime; o bien la apertura de un expediente de investigación en el cual se recabarán pruebas, siempre con el conocimiento de las personas implicadas, y siempre bajo un régimen estricto de confidencialidad respecto a la identidad del denunciante, pudiendo acordarse medidas para una eficaz investigación de los hechos. Tras la conclusión de la investigación, se darán unas conclusiones, y la denuncia se resolverá en el plazo máximo de 1 mes, en la que existirá una propuesta de sanción de conformidad con el convenio colectivo aplicable en función de la gravedad de los hechos investigados, y se recomendará al órgano de administración que pongan en conocimiento de las autoridades competentes en el caso de que revistieran indicios de ilícito penal.